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Entre enero y abril de 2022, se realizaron 10.807 notificaciones por accidentes de trabajo, principalmente en los rubros de manufactura (2.583), inmobiliarias, empresariales y alquiler (1.934) y transporte, almacenamiento y comunicaciones (1.393), según el Sistema Informático de Notificación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Del total de notificaciones, cerca del 98% (un total de 10.582) correspondieron a accidentes de trabajo, mientras que en menor medida se presentaron 151 por incidentes peligrosos, 59 de accidentes mortales y 15 en enfermedades ocupacionales.

En el mismo periodo, las regiones con mayor cantidad de notificaciones fueron Lima Metropolitana (8.139), Callao (1.329) y Arequipa (591).

Es importante que el empleador garantice el establecimiento de medios y condiciones en el centro de trabajo que protejan la vida, salud y bienestar de los trabajadores. Es fundamental implementar un adecuado sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) tomando en consideración aspectos legales y técnicos, de forma que se logre no solo prevenir daños a la salud y posibles sanciones”, precisó Jaime Cuzquén, Associate Partner del Área Laboral de EY Perú.

El experto agregó que aquellas empresas cuyas actividades de trabajo sean de alto riesgo deben contar, además, con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), que es una póliza obligatoria que protege la salud e integridad de los trabajadores de este tipo de compañías.

En esa línea, mencionó que para la prevención de accidentes y posibles sanciones se debe contar con la asesoría de una correcta implementación de los lineamientos y procesos de SST, como la política interna, la constitución del comité paritario o la elección del supervisor, la implementación de registros de accidentes, exámenes médicos, auditorías internas, entre otros.

Sanciones

Entre las consecuencias por incumplimiento de las obligaciones en materia de SST figuran las multas que pueden ascender a S/ 241.638.00.

También el cierre temporal del área de una unidad económica, la paralización o prohibición de trabajos o tareas, juicios laborales, responsabilidad penal, entre otros.

FUENTE: EL COMERCIO.

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